Escuelas Católicas insiste en que la concertada no solo es un “apoyo” a la escuela pública

Ambas redes son complementarias, necesarias para el sistema educativo y garantes de la libertad de enseñanza.

Escuelas Católicas, ante las declaraciones realizadas por Iñaki Gabilondo en el vídeo blog de El País “La voz de Gabilondo” en las que se dice que ahora la enseñanza concertada tiene 160 millones de euros más que antes de la crisis, mientras que la pública sigue 6.500 millones de euros por debajo, quiere aclarar lo siguiente:

 

Accede al contenido completo de la Nota de Prensa

 

 

Seguimiento en medios de la presentación enLibertad en La Rioja

En la siguiente entrada puedes acceder a todas las apariciones en medios de la presentación de la iniciativa enLibertad en La Rioja. Los pasados días 20 y 21  marzo dichos medios ofrecieron una amplia cobertura a nuestra iniciativa, TV, radio y prensa informaron mediante entrevistas a nuestro coordinador Jesús Muñoz de Priego.

Entrevista en TVE La Rioja el 21 de marzo de 2018

 

 

Entrevista en Popular TV el 20 de marzo de 2018

 

A continuación puedes reproducir los audios de las entrevistas realizadas a Jesús Muñoz de Priego en radio:

 

 

Apariciones en prensa:

 

 

Informe de enLibertad sobre la nueva jurisprudencia del Tribunal Supremo en materia de conciertos educativos.

El argumento de la disminución demográfica.

 

El presente informe analiza la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo, que se ha dictado en recursos contenciosos-administrativos frente a órdenes en las que la Administración educativa pretendía la no renovación de conciertos, alegando la existencia de disminución demográfica y, como consecuencia, que con dichas unidades o aulas no se cubrían necesidades de escolarización.

A lo largo del informe podrá verse la trascendencia de la demanda social del centro, como elemento fundamental acreditativo de la libertad de enseñanza; que la programación de la Administración no puede ser ilimitada ni arbitraria y que viene condicionada por el respeto a las libertades individuales de los ciudadanos (el ejercicio de la libertad de enseñanza) y la demanda social; que, en ningún caso, cabe entender que la concertada es subsidiaria de la pública, y que, por tanto, no es defendible que solo quepa concertar allí donde no haya suficientes plazas en centros públicos, sino que, por el contrario, ambas redes son complementarias; y, que, sin embargo, la nueva jurisprudencia parece dejar sin contenido el artículo que regula la preceptiva renovación del concierto salvo causas tasadas, contradiciendo jurisprudencia anterior de la misma Sala.

La jurisprudencia que se analiza desenmascara que detrás de las reducciones no hay una actuación técnica y objetiva de programación, sino intereses políticos e ideológicos, contrarios a la enseñanza concertada y, por tanto, a la libertad de enseñanza.

En el informe se concluye que aunque los fallos de las sentencias mayoritariamente son a favor de los intereses del centro, no obstante, la defensa fundamental de la libertad de enseñanza no debe producirse en los tribunales, sino en el debate social.